m²
Terraza
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103 m²
2 Hab.
2 Baths
15 m² Terraza
Este ático a estrenar está pensado para quienes valoran la luz, la calidad y una reforma impecable en una de las zonas más exclusivas de la ciudad. Sus 103,70 m² ofrecen una distribución equilibrada y muy cómoda, con estancias amplias y una sensación de orden y claridad desde el primer paso.
La vivienda dispone de 2 dormitorios bien proporcionados, 2 baños completos de diseño y una cocina moderna con gran capacidad de almacenaje, equipada para quienes quieren un espacio práctico sin renunciar a la estética. Cada detalle, desde los pavimentos hasta la carpintería, refleja una reforma cuidada y de alto estándar.
La terraza de 15 m² añade ese valor diferencial que tan difícil es encontrar en esta zona: un espacio exterior íntimo y agradable donde disfrutar del aire libre, leer, trabajar o simplemente relajarse en un entorno silencioso pese a estar en pleno corazón de la ciudad.
La luminosidad es uno de sus mayores atractivos. La combinación de la altura, la orientación y la reforma hacen que la vivienda tenga una luz cálida y constante a lo largo del día, reforzando la sensación de amplitud y bienestar.
Vivir en el cuadrado de oro significa instalarse en un entorno privilegiado: calles elegantes, fincas con carácter, restauración de referencia, boutiques, cultura y todos los servicios a muy pocos minutos. Un enclave donde todo está a mano, sin renunciar a la intimidad que ofrece un ático como este.
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INFORMACIÓN DEL INMUEBLE
Estado del inmueble: reformado .
Superficie construida:103 m².
Superficie útil: 95 m².
Certificado de eficiencia energética: en tramite
Cédula de habitabilidad: en tramite
Condición de gran tenedor: SI.
AICAT n.º 368
De conformidad con el artículo 20.1.c) del TRLGDCU y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa, salvo indicación expresa.
Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992 y, cuando proceda, AJD. Si la operación está sujeta a ITP, este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña.
Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989.
La parte compradora no asumirá los gastos que legalmente correspondan a la parte vendedora.
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